¿Qué hacer cuando una persona fallece en casa? Pasos, trámites y documentos

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Mujer Informa 07/09/26

Saber qué hacer ante un fallecimiento en casa puede ayudar a la familia a actuar con mayor claridad en un momento difícil. Conoce a quién llamar, cómo obtener el certificado médico, cómo tramitar el acta de defunción y quién puede realizar estos procedimientos.

La muerte de un familiar es uno de los momentos más difíciles que puede enfrentar una familia. Cuando el fallecimiento ocurre en casa, además del dolor de la pérdida aparecen preguntas urgentes: ¿a quién debemos llamar?, ¿quién puede confirmar la muerte?, ¿qué documento necesitamos?, ¿cómo se obtiene el acta de defunción?, ¿podemos llamar directamente a una funeraria?

En México existen diferentes pasos que deben seguirse para que el fallecimiento quede registrado legalmente y puedan realizarse posteriormente los servicios funerarios, así como trámites relacionados con seguros, pensiones, cuentas y herencias.

Es importante actuar con calma y distinguir entre un fallecimiento esperado por una enfermedad y una muerte inesperada, accidental o en circunstancias que puedan requerir la intervención de las autoridades.

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¿A quién llamar cuando una persona fallece en casa?

El primer paso depende de las circunstancias del fallecimiento.

Si la persona presenta signos de que podría estar sufriendo una emergencia y todavía existe posibilidad de atención, se debe solicitar atención médica de emergencia.

Cuando se trata de una persona que estaba bajo atención médica y cuyo fallecimiento era esperado por una enfermedad, generalmente se debe contactar al médico que llevaba su atención o al servicio médico correspondiente, para que pueda verificar el fallecimiento y emitir el certificado médico cuando proceda.

Si la persona no recibía atención médica, puede ser necesario contactar a un servicio médico o acudir a la unidad de salud correspondiente para determinar quién puede certificar la defunción.

La situación cambia cuando se trata de una muerte accidental, violenta, repentina o en circunstancias desconocidas. En esos casos se debe dar aviso a la autoridad correspondiente, como el Ministerio Público, y evitar mover el cuerpo o alterar el lugar hasta recibir indicaciones.

En este tipo de fallecimientos intervienen las autoridades y los servicios forenses para determinar las circunstancias y la causa de la muerte.

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Certificado de defunción y acta de defunción: ¿son lo mismo?

Este es uno de los puntos más importantes.

El certificado médico de defunción es el documento mediante el cual un profesional de la salud certifica el fallecimiento y establece la información médica correspondiente, incluida la causa de muerte.

Cuando el fallecimiento ocurre en casa, puede expedirlo el médico que atendía a la persona durante su última enfermedad, cuando corresponde. Si existió una muerte violenta o accidental, la certificación puede quedar a cargo de los servicios médico-forenses después de la intervención de las autoridades.

Una vez obtenido el certificado, se realiza el registro de la defunción ante el Registro Civil.

El resultado de este procedimiento es el acta de defunción, que es el documento oficial que acredita legalmente el fallecimiento.

Esta diferencia es fundamental: el certificado médico acredita la información médica del fallecimiento; el acta de defunción es el documento legal expedido por el Registro Civil.

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¿Cómo se tramita el acta de defunción?

Después de obtener el certificado médico, la familia debe realizar el registro ante el Registro Civil que corresponda.

Los requisitos pueden cambiar de acuerdo con cada entidad federativa, pero generalmente se solicita el certificado médico de defunción y documentación que permita identificar a la persona fallecida y a quien realiza el trámite.

Entre los documentos que pueden solicitarse se encuentran:

  • Certificado médico de defunción.
  • Identificación oficial de la persona fallecida, cuando esté disponible.
  • Acta de nacimiento.
  • CURP.
  • Acta de matrimonio, cuando corresponda.
  • Identificación oficial de quien declara el fallecimiento.
  • Testigos, en las entidades donde sean requeridos.

Por ejemplo, en Baja California Sur, el Registro Civil contempla el certificado médico, acta de nacimiento, acta de matrimonio cuando corresponda, CURP e identificación de la persona fallecida, además de identificación del declarante y dos testigos. Los requisitos pueden variar en otros estados.

También existen entidades donde determinados trámites o la obtención de copias certificadas pueden realizarse mediante plataformas digitales.

Por ello, antes de acudir, conviene revisar los requisitos del Registro Civil del estado donde se registrará la defunción.

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¿Quién puede realizar el trámite de defunción?

La persona que realiza el registro puede variar según las disposiciones de cada entidad.

Generalmente puede tratarse de un familiar o persona que tenga conocimiento del fallecimiento, siempre que presente la documentación requerida y cumpla con los requisitos establecidos por el Registro Civil.

En algunos casos también puede intervenir una persona autorizada mediante poder o representación, dependiendo del trámite.

Las agencias funerarias también suelen ayudar a las familias con parte de los procedimientos relacionados con el fallecimiento y los servicios funerarios. Sin embargo, es importante preguntar exactamente qué trámites están incluidos en el servicio contratado y cuáles deben realizar directamente los familiares.

En Baja California Sur, por ejemplo, para el registro de una defunción se contempla la figura del declarante, quien debe presentar identificación oficial, además de los requisitos correspondientes.

Por eso, cuando se contrata una funeraria, resulta recomendable solicitar por escrito qué documentos y trámites gestionará y cuáles quedarán a cargo de la familia.

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¿Qué hacer después de obtener el acta de defunción?

Una vez que se cuenta con el acta de defunción, comienza otra etapa de trámites.

Este documento será necesario para diferentes procedimientos relacionados con el fallecimiento, entre ellos los servicios de inhumación o cremación, dependiendo de las disposiciones locales.

También puede ser necesario para realizar gestiones relacionadas con:

  • Seguros de vida.
  • Pensiones.
  • Cuentas bancarias.
  • Créditos y deudas.
  • Afores.
  • Seguridad social.
  • Herencias.
  • Testamento.
  • Propiedades.
  • Servicios contratados por la persona fallecida.

Por eso, es recomendable solicitar y conservar varias copias certificadas del acta de defunción, ya que diferentes instituciones pueden requerir este documento.

También conviene reunir en un mismo lugar documentos importantes de la persona fallecida, como identificaciones, CURP, actas, pólizas de seguro, información bancaria, documentos de propiedades y, cuando exista, el testamento.

En esta etapa es importante avanzar poco a poco. La familia acaba de atravesar una pérdida y muchos trámites pueden realizarse posteriormente, de acuerdo con sus plazos y necesidades.

Preguntas frecuentes

¿Qué hago primero si una persona fallece en casa?
Si existe alguna posibilidad de emergencia médica, solicita atención inmediata. Si el fallecimiento ya ocurrió y era esperado, contacta al médico que atendía a la persona o al servicio de salud correspondiente. Si fue accidental, violento, repentino o existen circunstancias desconocidas, se debe avisar a las autoridades.

¿Quién expide el certificado de defunción?
Generalmente lo expide un profesional de la salud autorizado que puede certificar el fallecimiento. En muertes violentas, accidentales o sospechosas intervienen las autoridades y los servicios médico-forenses.

¿Quién puede tramitar el acta de defunción?
Los requisitos dependen del estado. Generalmente puede realizarlo un familiar o la persona que cumpla con las condiciones establecidas por el Registro Civil. En ciertos casos también puede intervenir una persona autorizada.

¿El certificado y el acta de defunción son lo mismo?
No. El certificado de defunción contiene la certificación médica del fallecimiento; el acta de defunción es el documento oficial que expide el Registro Civil después de registrar la muerte.


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Jazmin M.I
Jazmin M.I
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